La categoría laboral no justifica pagar menos al empleado que realiza funciones superiores
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El Supremo ve inadmisible que las empresas se sirvan de esta treta
Una empresa no puede alegar la inexistencia formal de un puesto de trabajo para no pagar más al empleado que realiza funciones superiores a las de su cargo. Así lo establece el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia (acceda aquí al texto íntegro) en la que estima la demanda interpuesta por un trabajador, y le reconoce su derecho a recibir el salario correspondiente a las tareas desempeñadas y no el que le correspondería por su categoría profesional.
La resolución, que anula los fallos anteriores que dieron la razón a la empresa, asevera que el derecho del trabajador a que se le abonen estas cantidades extra no puede condicionarse “a la existencia de plazas en plantilla”. Además, reitera que la compañía tiene la obligación de adecuar en todo momento la configuración de su relación de puestos de trabajo “a la situación real en la que se encuentra”.
Desidia empresarial
El demandante prestaba sus servicios en la empresa pública Sociedad Municipal de Aguas de Burgos en calidad de oficial administrativo. Tras una reorganización de la plantilla, su jefe ascendió un puesto, asumiendo otras tareas, y él pasó a desempeñar las funciones de su superior, pero cobrando el mismo sueldo que hasta la fecha. Una actuación que critica el tribunal, que reprocha a la compañía su “desidia” por no adecuar su relación de puestos de trabajo a la nueva situación. “No resulta de recibo” que esta actitud perjudique al trabajador, asevera.
Los magistrados recuerdan que el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores consagra el derecho a percibir la retribución correspondiente a las tareas que efectivametne realicen. De no ser así, “se estaría produciendo un enriquecimiento sin causa” por parte de la empresa. Dicho precepto, señalan, ha sido aplicado “incluso en supuestos en los que el trabajador no ostentaba el título exigido” para obtener el reconocimiento de la categoría.
El Supremo considera que condicionar una mayor remuneración a la existencia de una plaza de categoría superior “supone una situación de auténtico fraude”. Y es que se permitiría cubrir una necesidad laboral con un trabajador menos cualificado y por menos dinero. Por ello, la Sala condena a la compañía a abonar al trabajador 12.000 euros, diferencia entre lo que efectivamente cobró y lo que debería haber percibido si le hubieran reconocido la categoría que le correspondía.
Sentencia de contraste
Falsas limpiadoras. El recurso aporta como sentencia de contraste la dictada por la misma Sala del Supremo que trató la situación de tres empleadas de una guardería cuyo puesto era el de limpiadoras, pero desempeñaban funciones de cuidadoras.
Necesidad probatoria. En este caso, la Sala determinó que un empleado puede percibir la diferencia de salario por realizar tareas propias de una categoría superior si acredita que desempeñó estas funciones. Esto se aplica aunque no exista dicha plaza.
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